El INADI presentó al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un pedido de informes que lleva la firma de su presidenta, María José Lubertino, en relación con la situación de emergencia ambiental y habitacional en la Ciudad de Buenos Aires, en especial los barrios pertenecientes a la Cuenca Riachuelo – Matanza.
“Las omisiones evidenciadas en tal sentido por la actual gestión del Gobierno de la C.A.B.A, podrían constituir conductas discriminatorias hacia el grupo de personas que habitan los barrios del sur de la Ciudad, en especial los terrenos aledaños al Riachuelo, la cual estaría fundada en motivos socioeconómicos y ambientales”, manifestó Lubertino.
En cumplimiento con lo prescripto por la Ley 24.515 (especialmente art. 4 a] y f]) de creación del INADI, el organismo se acercó a relevar testimonios y a registrar imágenes de los sectores más excluidos y empobrecidos de la Ciudad de Buenos Aires, especialmente en el Sur de la Ciudad, habiendo visitado las Comunas Nº 1, Nº 8 y Nº 4 los días 5, 6 y 7 de enero de 2009, respectivamente. En dicha oportunidad, se verificó la emergencia habitacional y ambiental existente, situación de magnitud alarmante y que ameritó en el año 2006 dos Leyes de Emergencia: la Ley Nº 2057 de Emergencia Ambiental para la Cuenca Riachuelo, y la Ley Nº 2240 de Emergencia Urbanística y Ambiental de La Boca.
Ante el trágico suceso ocurrido el pasado sábado 10 de enero de 2009 en el Barrio de La Boca, que provocó la muerte de víctimas inocentes que se encontraban en situación de desamparo social y ambiental, el INADI manifiesta su más profunda preocupación, y solicita en tal sentido información existente respecto a todas las medidas que la Jefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentre llevando a cabo a fin de cumplir la protección y promoción de derechos de uno de los sectores más castigados por la exclusión social y ambiental de la Ciudad.
El pedido pone énfasis en el deber de cumplir con lo establecido en la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (art 31), la Ley Nº 2057 de Emergencia Ambiental para la Cuenca Riachuelo, la Ley Nº 2240 de Emergencia Urbanística y Ambiental de La Boca y el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (M. 1569. XL./ causa Mendoza, Beatriz y otros c/ ESTADO NACIONAL, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y PROVINCIA de BUENOS AIRES).
“Genera indignación el veto de Macri a la nueva Ley de Emergencia Habitacional que se aprobó con el voto de toda la oposición en diciembre de 2008 y que impedía desalojar mientras dure la emergencia a las personas que ocupaban terrenos y habitaban inmuebles del propio gobierno hasta tanto se le diera una solución habitacional. Esto desconoce incluso el Informe del Relator Especial de Naciones Unidas sobre una vivienda adecuada, como parte del derecho a un nivel de vida adecuado, el Sr. Miloon Kothari que expresamente se expide acerca de la inadmisibilidad de los desalojos forzosos. Esto se ve agravado por la aprobación del Presupuesto 2009 donde pese a la gravedad de la situación disminuye la partida aplicada a las políticas de viviendas”, finalizó la titular del INADI.
En ese sentido, continúa la cita del Relator Especial de Naciones Unidas en el pedido de informes, ”es necesario tener en cuenta que la Observación General Nº 7 del Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales, subraya que las mujeres, los niños, los jóvenes, los ancianos, los pueblos indígenas, las minorías étnicas y de otro tipo, así como otros individuos y grupos vulnerables, se ven afectados en medida desproporcionada por la práctica de los desalojos forzosos. Según el Comité, debería prohibirse estrictamente en todos los casos que los Estados dejaran sin hogar de forma intencionada a una persona, familia o comunidad a raíz de un desahucio, ya sea forzoso o legal. Las disposiciones de no discriminación del Pacto [Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales] imponen a los gobiernos la obligación adicional de velar por que no se produzca ningún tipo de discriminación”.
PRENSA INADI