Permiten circular colectivos con más de 10 años de antigüedad
La resolución de la Secretaría de Transporte comprende modelos de los años 1993, 1994 y 1995. También incluye unidades de servicios internacionales.
Los colectivos que tengan 10 años de antigüedad podrán seguir circulando durante todo el 2006, a pesar de la normativa que lo prohíbe expresamente, de acuerdo a una resolución adoptada recientemente por la Secretaría de Transporte.
Las autoridades aclararon que las unidades deben contar con la Revisión Técnica Obligatoria (RTO), y que la medida comprende vehículos de autotransporte de pasajeros urbanos, suburbanos, interurbanos e internacionales.
En la resolución (1025/05), publicada hoy en el Boletín Oficial, el organismo estatal aclara que "si bien las empresas del sector están afrontando un plan de renovación de unidades, la crisis atravesada en los últimos años les impidieron cumplir adecuadamente con la renovación de todas las unidades” que caducaron en el 2005.
De acuerdo a la ley 24.449, la Secretaría de Transporte tiene poder para disponer mayores plazos de antigüedad de las unidades, siempre y cuando se ajusten a las normas establecidas en la revisión correspondiente.
De todas maneras, la prorroga contempla que, en estos casos en particular, la vigencia de los certificados de Revisión Técnica Obligatoria será de cuatro meses, en lugar de anuales.