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REVÉS JUDICIAL PARA EL #PROTOCOLO DE SEGURIDAD DE MACRI

Comunicado de ATE – Asociación Trabajadores del Estado

La Justicia suspende la aplicación del Protocolo de Seguridad dispuesto por el Ministerio de Seguridad de la Nación.

En virtud de un amparo realizado por el Consejo Directivo de Capital Federal de la Asociación Trabajadores del Estado, el Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas Nº4, dispuso en el día de ayer “…HACER LUGAR A LAS MEDIDAS PRECAUTORIAS impulsadas por el señor Bruno Diego Martínez, y, en consecuencia, hacer saber a la señora Ministro de Seguridad de la Nación, Dra. Patricia Bullrich, que (…) deberá: 1) arbitrar los medios necesarios para que las fuerzas de seguridad no porten armas de fuego, ni utilicen balas de goma contra la manifestación. 2) En caso de realizar alguna aprehensión en el marco de la movilización, deberán actuar sólo con autorización del Ministerio Público Fiscal correspondiente, con la intervención de un Magistrado de la Ciudad, que deberá dar intervención a la Defensoría Oficial que corresponda. 3) Identificar a una persona civil responsable políticamente del operativo, y que esa persona garantice la seguridad de los manifestantes y lleve adelante las negociaciones…”

Como es de público conocimiento esta organización rechazó e impugnó desde el primer momento el “Protocolo de Seguridad ante Manifestaciones Públicas” dispuesto por el Ministerio de Seguridad de la Nación por resultar manifiestamente inconstitucional y en virtud que vulnera derechos fundamentales como la huelga, el derecho de expresión y de protesta.

No obstante dicha impugnación, ante la inminencia y pretensión del Ministerio de Seguridad de la Nación de aplicar el Protocolo mencionado y de esta forma vulnerar el Derecho de Huelga, este Consejo Directivo conjuntamente con la Defensoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, presentó un amparo cuestionando la constitucionalidad del mismo, y solicitando específicamente una medida cautelar para que no se aplique a la movilización del 24.02.2016, medida cautelar que tuvo acogida favorable.

Consideramos que la sentencia dictada resulta de fundamental importancia en el desarrollo de la democracia y libertad sindical así como el derecho de huelga y libertad de expresión, principios rectores de la democratización de las relaciones de trabajo.

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Por David Encina

Periodista

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Trabajador. Asesoría en comunicación social, comercial y política para el desarrollo de campañas. Análisis de servicios al cliente y al público. Aportes para la gestión de redes sociales con planificación estratégica.

Contacto: mencin@palermo.edu / david.encina@facebook.com / encina_david@yahoo.com.ar/ m.david.encina@gmail.com

Más información ver en David Encina V. - PRENSA.
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