Dicen que la tenencia de marihuana no es delito

La Nación
 
Fallo judicial
 
Es en el caso del uso terapéutico
 
La Cámara Federal porteña sobreseyó a una mujer que había sido procesada por tenencia de estupefacientes -descubrieron 90 kg de marihuana en su casa-, al considerar que el consumo personal de esa droga, con fines terapéuticos, no constituye delito.

Los jueces Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Luraschi, miembros de la Sala II de esa Cámara, compartieron los argumentos del defensor oficial Gustavo Kollmann, que había apelado el sobreseimiento de la acusada por entender que no configura delito el uso de marihuana fundado en razones de salud, informó la agencia DyN. El fallo fue difundido ayer por la Defensoría General de la Nación, que mantuvo en reserva la identidad de la mujer, procesada por la jueza federal María Servini de Cubría.

Kollmann "apeló la decisión y finalmente la Cámara Federal decidió revocar el procesamiento y sobreseer" a la acusada, "en tanto el consumo personal (de marihuana) en la intimidad de su vivienda y a efectos de aliviar fuertes dolores provocados por la enfermedad que padece, hace irrelevante la conducta investigada", desde el punto de vista del Derecho Penal, se informó en un comunicado de prensa de la Defensoría General de la Nación.

La defensa de la mujer procesada también había planteado que el uso de la droga con fines terapéuticos y dentro del domicilio de la consumidora, "en ningún momento colocó en riesgo el bien jurídico protegido" por el sistema penal, que es la salud pública.

La vivienda de la acusada fue allanada por la Justicia, que secuestró 90 kilogramos de marihuana que la mujer justificó en el alivio que, según dijo, le proporciona esa droga al dolor físico, que padece por una patología, informaron fuentes con acceso al expediente.

Acreditación

La mujer acreditó, además, que no podía recurrir a analgésicos a causa de problemas gástricos asociados con su enfermedad.

Servini de Cubría procesó a la mujer por tenencia simple de estupefacientes, pero la Cámara, según la Defensoría General de la Nación, no tuvo por probado el delito.

Peritos forenses y farmacólogos que declararon como testigos ante la magistrada respaldaron los argumentos de la acusada respecto de las razones de salud que justificarían el uso de marihuana, y que tornarían inaplicable para el caso la ley que reprime la tenencia de estupefacientes.

Los pronunciamientos de la Cámara Federal contradicen a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, que en la década pasada ratificó que el consumo o tenencia de marihuana es castigado con penas que van de dos meses a un año de prisión.

 

 

Polémico fallo sobre el consumo de marihuana
Infobae.com
 
De acuerdo con los considerandos del fallo, el consumo contribuía a calmar los dolores crónicos que padecía. La Cámara concluyó que la tenencia es "penalmente irrelevante". Lo insólito es que la mujer había sido procesada en dos oportunidades por la jueza María Servini de Cubría por tenencia simple de 90 gramos de cannabis.

De este modo, los camaristan entienden que el consumo vinculado con la salud, sin prescripción médica, y siempre que no se afecte a terceros, no constituye un delito. Además, el fallo revocó el procesamiento de Servini de Cubría, en una acusación que podría haber penado a la acusada con prisión de uno a seis años.

La Cámara ya se había expedido sobre el mismo caso en marzo de 2006. En esa oportunidad, dictó la falta de mérito de la imputada. En esta oportunidad, los magistrados introducen un aspecto novedoso: la necesidad de que se respeten los conceptos de salud individual y salud pública, según publicó un matutino nacional.

La jueza que la procesó había rechazado los argumentos del uso medicinal porque no había logrado constatar que "estuviese llevando a cabo un tratamiento terapéutico en base al suministro de marihuana".

Frente a esta posición, los camaristas de la Sala II Horacio Catan, Martín Irurzun y Eduardo Luraschi, entendieron que "no debió haberse olvidado la perspectiva subjetiva del consumidor". Esto es, si al paciente "le hace bien" el consumo y contribuye a calmarle el dolor, independientemente de la prescripción médica.

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